La FRAVM saluda la decisión del Ejecutivo de estudiar jurídicamente la Ley de Área Sanitaria Única de Madrid
8 Febrero, 2010

El pasado 20 de enero, la FRAVM pidió al Ejecutivo central, así como a las comisiones de Sanidad del Congreso y del Senado, que estudien la posibilidad de presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Área Sanitaria Única que el PP aprobó en solitario en la Asamblea de Madrid por entender que vulnera el artículo 14 de la Constitución. Hoy el Ministerio de Sanidad ha anunciado que sus servicios jurídicos están estudiando la norma al entender que puede contener algunas cuestiones que pudieran ser incompatibles con la Ley General de Sanidad, tal y como denuncia la federación vecinal.
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La Ley General de Sanidad establece que las Áreas de Salud se delimitarán teniendo en cuenta factores geográficos, socioeconómicos, demográficos, laborales, epidemiológicos, culturales, climatológicos y de dotación de vías de acceso a las instalaciones sanitarias del Área (hospital de referencia, centros de salud, centros de especialidades…). Aunque la extensión territorial y el contingente de población puede variar, el Área de Salud debe extender su acción a una población no inferior a 200.000 habitantes ni superior a 250.000 habitantes, exceptuando las Comunidades Autónomas de Baleares y Canarias y las Ciudades Autonómicas de Ceuta y Melilla. “El área única de 6 millones de habitantes que Esperanza Aguirre pretende imponer en la Comunidad de Madrid comprende, por tanto, una población 24 veces mayor que el máximo permitido por la ley, lo que dificulta la organización, la planificación y la gestión del servicio sanitario público”, denuncia Cabanillas. “El objetivo -añade- es claro: empeorar la calidad de la asistencia sanitaria pública para favorecer el desarrollo de la privada”.
Por todo ello y, toda vez que el Estado tiene competencia exclusiva sobre las bases y la coordinación general de la Sanidad, la FRAVM insiste en que el Ejecutivo estudie la compatibilidad de la norma con la legalidad vigente. “La división que establece la Ley General en áreas sanitarias sirve no sólo para acercar a la población la atención sanitaria y el control de la gestión de los recursos, sino también para que la atención se efectué de la manera mas igualitaria posible. A nuestro juicio -remacha Cabanillas- el Área Única vulnera además el principio de igualdad reconocido en el artículo 14 de la Constitución, ya que las condiciones de la atención sanitaria de la ciudadanía madrileña empeorarán notablemente con respecto a la población de otras partes del Estado”.






























